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El rapto de Europa(Introducción razonada)
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Procedimientos constituyentes
La ejecución del pacto contempla dos momentos, cada uno de los cuales coincide en la práctica con la ocupación jurídica de dos espacios diferenciados: el primero y fundador, es la ocupación «retrospectiva» de Internet que marca la exposición de la Carta. El segundo momento se multiplica indefinidamente en todos los países e idiomas cada vez que se celebra una versión particular del Contrato General. Dentro del tiempo fundacional, las reglas de visibilidad de Internet determinan y encuadran el funcionamiento de la AT o los mecanismos de adopción de nuevas versiones de la Carta. Ya dentro de la multiplicidad de los espacios y de los tiempos históricos, cada partícipe repite una y otra vez el acto de reforma democrática introducida en la tutela de autor y en la explotación de versiones particulares del Contrato General.
La ocupación jurídica de Internet es consecuencia de la evolución de las sociedades humanas. Inscrita dentro de esta evolución, la exposición de la primera versión de la Carta pone en marcha la ejecución del pacto: la elaboración del Registro general; la emisión de Certificados de ejecución; la convocatoria de elecciones y la organización de procedimientos. Pero dentro de este espacio retrospectivo, la AT no posee identidad ni capacidad jurídicas: todas las operaciones corrientes se realizan bajo el nombre físico de su Titular o de los representantes administrativos. Son las Entidades autorizadas las que administran los fondos censales y, con éstas, los propios ciudadanos de cada país los que celebran contratos, presentan presupuestos y desarrollan misiones. La AT es un organismo no instituido, que garantiza la solidaridad y cohesión del modelo gracias al principio de la unidad de tutela.
Los procedimientos que aseguran este proceso de ocupación jurídica dentro y fuera de Internet se identifican como Procedimientos constituyentes.
El devenir coherente del sistema está asegurado por la exposición de nuevas versiones de la Carta, con el fin de legitimar idiomas tutelares y acoger a miembros del Consejo. Se trata realmente de una forma de plebiscito, ya que la presentación de una nueva versión de la Carta expone, además del partícipe candidato, a los tutores ya legitimados. Conviene diferenciar los casos de una versión traducida y de una versión sucesoria de la Carta. Una versión traducida de la Carta expone, además del nuevo candidato, a los tutores de versiones publicadas en el mismo idioma tutelar. En cambio, una versión sucesoria expone a todos los tutores, sin excepción. Corresponde al Consejo establecer esta diferencia a la vista de la versión presentada y determinar cómo afectará el plebiscito a los tutores legitimados. Este sistema de legitimación garantiza que cualquier alteración de la Carta será fruto de un compromiso, pero también significa que la tutela, después de concedida, puede ser retirada por los partícipes.
La reforma democrática del derecho de autor queda reflejada por el procedimiento de investidura, para designar al Titular de la Administración de tutela (el TAT). La dirección de la Administración de tutela recae por principio en un tutor, designado como El Dónimo. De acuerdo con la tradición heredada del derecho de autor, todo tutor legitimado de una versión refrendada de la Carta, goza de todos los derechos sobre su ejecución y es susceptible de alzarse con el título de Dónimo, contando para ello con el beneplácito de la mayoría del Consejo. Sin embargo, la toma de posesión del Dónimo es inoperante sin la ratificación de los mediadores en ejercicio. De acuerdo con la licencia de ejecución, el procedimiento de investidura perpetúa el pacto de renuncia y sometimiento del autor a los principios y procedimientos de la Carta. De hecho, cabe la posibilidad de que ningún tutor asuma la dirección de la AT. En ausencia de Dónimo, la Carta contempla la elección de un presidente al frente de la Administración de tutela, en la persona de un mediador, durante el plazo que le reste de su mandato electoral. La tutela del autor descansa definitivamente sobre los principios del pacto civil.
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