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La carta de procedimientos
Con el reconocimiento del derecho de versión, la renuncia del autor al ejercicio personal de la tutela desemboca en una reforma democrática del modelo de explotación de la Carta. El compromiso de los partícipes promueve la obra al rango de
pacto civil, donde la voluntad general se sustituye al criterio personal del autor. La Carta no debe entenderse como una Constitución al uso, porque su relación orgánica con la LGT la sitúa a su vez dentro del mismo marco retrospectivo definido por el modificador
Internet©, en su relación con las leyes de los Estados. No define los estatutos de una organización. No atribuye a sus partícipes capacidad representativa frente a terceros. Pero crea los cimientos de un organismo
no instituido capaz de actuar de forma solidaria y de administrar recursos sometidos al bien común. La parte de la CITI que describe el modelo de toma de decisiones y de administración de los fondos censales recibe el nombre de
Carta de procedimientos.
El modelo de funcionamiento descansa en el reparto — y la separación — de tres poderes: poder tutelar, poder financiero y poder ejecutivo. La administración de tutela (AT), emanación de los tutores reunidos en Consejo, se hace cargo de la organización de los procedimientos en Internet. Entidades de marcado perfil financiero, autorizadas por procedimiento, organizan circunscripciones y administran los recursos económicos sometidos al interés general. Por último, los partícipes con derechos electorales eligen a
mediadores, los cuales aprueban resoluciones y reciben mandatos para realizarlas a cargo a los fondos comunes.
Este modelo funciona en torno a cuatro supuestos. Primero, las entidades gozan en su país de la capacidad jurídica necesaria para administrar fondos sometidos al interés general, llamados
fondos censales. Segundo, la capacidad económica del modelo se divide para obtener el capital proporcional de cada votante, de forma que la financiación de proyectos debe aprobarse mediante
voto asociativo: cumplida la mayoría democrática, el capital sumado de votos favorables debe superar la cuantía del presupuesto («
se vota una vez, se cuenta dos veces»). En tercer lugar, a falta de organismo representativo en Internet, los mediadores son los ejecutores de las decisiones aprobadas. Cuarto y último punto: los fondos censales son solidarios y su administración por las entidades de cada país, subordinada a las resoluciones aprobadas en Internet.
Todos los protocolos utilizados para aprobar las resoluciones reproducen las mismas pautas básicas de una negociación. Dos portavoces interpretan el papel, real o simbólico, de quien vende o presenta una obra o un proyecto (el titular) y de quien adquiere los derechos u ordena la realización de la obra (el portavoz). El objetivo es conseguir la financiación a cargo de los fondos censales. El proceso es como sigue: el titular elige primero a quien será su portavoz dentro de la lista de mediadores en funciones. El portavoz debe entonces preparar y defender el proyecto del titular. La resolución sometida a votación viene a ser en la práctica una orden de misión, con objetivos, presupuestos, calendarios, etc. Al aprobarse la misión, el portavoz recibe entonces un mandato oficial y los poderes necesarios para firmar un contrato vinculante con el titular. Durante el tiempo de mandanto, el portavoz debe supervisar la consecución del proyecto, realizar los pagos e informar regularmente de los resultados de su misión.
La principal variante dentro de esta pauta de procedimiento depende de la cuantía del presupuesto. Cuando el presupuesto es inferior a un determinado umbral (el
umbral de procedimiento), es posible acudir a un procedimiento rápido y aprobar la resolución con un primer voto de los mediadores, confirmado por el segundo voto del Consejo de tutela. Pero por encima de este umbral, es obligatorio acudir al voto asociativo de todos los partícipes donde, además de la mayoría democrática, es necesario alcanzar un capital de votos favorables suficiente. El umbral de procedimiento interviene en todos los procedimientos: de arbitraje para resolver litigios entre partes; de crítica para adquirir los derechos de explotación de una obra traducible; de obra para contratar obras o servicios de interés colectivo.