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Carta In3activa de traductores e intérpretes (CITI-ES versión 1, revisión 5, "De las elecciones")
II. DISPOSICIONES GENERALES
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Art.3: Principios fundamentales
  1. Autonomía del idioma. Todo idioma es autónomo respecto de los individuos y de los Estados. La expresión en el idioma propio es un derecho natural del individuo.
  2. Integridad del idioma. Todo idioma es fruto de la voluntad colectiva de las personas, establecido por el uso, y expresión del compromiso del individuo con una comunidad.
  3. Principio de individuación. La voluntad particular del individuo es la primera fuente del derecho que le asiste y es indisociable de su figura física o natural.
  4. Principio de subordinación. Los derechos y obligaciones del individuo están subordinados al respeto de las leyes y tributos del país en el que reside.
  5. Principio de no contradicción. Las sentencias del Consejo de tutela son normativas para la interpretación del texto vigente de la Carta. Las resoluciones adoptadas por procedimiento se fundamentan en la aplicación y desarrollo positivos de los prinicipios y disposiciones de la Carta. Son nulas las decisiones y actuaciones de representantes, mandatarios y Entidades que no estén amparadas en resoluciones aprobadas por procedimiento.
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LGT-ES versión 1.5 (http://www.in3activa.org/doc/es/LGT-ES.html)
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