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Carta In3activa de traductores e intérpretes (CITI-ES versión 1, revisión 4, "del registro general")
IV. CARTA DE PROCEDIMIENTOS
IV.7. Procedimiento disciplinario
Art.67: Iniciativa del procedimiento
  1. La iniciativa de un procedimiento disciplinario parte un mediador en funciones.
  2. El titular del un procedimiento disciplinario es siempre la entidad o mandatario objeto del procedimiento.
  3. El titular dispone de 48 HORAS para designar a un portavoz de su elección. Transcurrido este plazo, asume las funciones de portavoz el mediador que inició el procedimiento.

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