In3activa.org

[ Portada ] [ ZIP (un archivo grande) ] [ ZIP (varios archivos) ] [ Formato PDF ] [ Formato RTF (.zip) ]

Carta In3activa de traductores e intérpretes (CITI-ES versión 1, revisión 4, "del registro general")
IV. CARTA DE PROCEDIMIENTOS
IV.6. Procedimiento ejecutivo
Art.61: Definiciones
  1. Se denomina procedimiento ejecutivo el procedimiento que atribuye al portavoz de procedimiento un mandato, con los poderes necesarios para ejecutar la resolución aprobada. Una resolución ejecutiva está normalmente asociada a un presupuesto.
  2. Se denomina carga presupuestaria el resultado de dividir el presupuesto presentado por los fondos censales.
  3. Se denomina umbral de procedimiento el valor por debajo del cual es posible aprobar una carga presupuestaria por la vía rápida. En caso contrario, es obligatorio acudir a la vía asociativa.
  4. Se denomina circular ejecutiva el documento rubricado por el mandatario y el TAT, que autoriza a las entidades de gestión a desbloquear los fondos censales y ponerlos a disposición del mandatario.
  5. Se denomina informe de misión el voto restringido periódico al que debe someterse periódicamente un mandatario, tras atribución de su mandato por procedimiento ejecutivo.

Internet© 1999-2004 I.Maturana – irm@in3activa.org
Protegidos los derechos en todos los países y todos los idiomas.
Declaración Internet©, con licencia LGT-ES versión 1.4 (http://www.in3activa.org/doc/es/LGT-ES.html)
La versión y divulgación de esta obra está libre de derechos en Internet.
Puede traducirla y publicarla en Internet acompañada del nombre del autor y de esta nota.
In3activa® es una marca de autor sujeta a las disposiciones de la CITI.