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"El rapto de Europa"(introducción razonada)
La carta de procedimientos
Después de equiparar el derecho de versión, la renuncia del autor al ejercicio personal de la tutela desemboca en una reforma democrática del modelo de explotación de la Carta en cada país. El compromiso de los partícipes promueve la obra al rango de pacto civil, donde la expresión de la voluntad general se sustituye al criterio personal del autor. La Carta no debe entenderse como una constitución al uso, porque su relación orgánica con la LGT la sitúa a su vez dentro del mismo marco retrospectivo que ésta, en relación con las leyes de los Estados. No define los estatutos de una organización. No atribuye a sus partícipes capacidad representativa frente a terceros. Pero crea los cimientos de un organismo no instituido capaz de actuar de forma solidaria, y de administrar recursos sometidos al bien común. El modelo desarrollado para la toma de decisiones y para la administración de los fondos censales recibe el nombre de Carta de procedimientos.
El modelo general de funcionamiento descansa en el reparto — y la separación — de tres poderes: poder tutelar, poder financiero y poder ejecutivo. Una administración de tutela (AT), emanación de los tutores reunidos en Consejo, se hace cargo de la organización de los procedimientos en Internet. Entidades autorizadas por procedimiento, organizan circunscripciones y administran los recursos económicos sometidos al interés general. Por último, aquellos partícipes que gozan de derechos electorales eligen mediadores, los cuales aprueban resoluciones, y reciben mandatos para realizarlas a cargo a los fondos comunes.
Este modelo descansa en cuatro supuestos. Primero, las entidades gozan en su país de la capacidad jurídica necesaria para administrar fondos sometidos al interés general, llamados fondos censales. Segundo, los electores aprueban presupuestos por voto asociativo: para cada elector se calcula un capital de tal forma que, cumplida la mayoría democrática, es necesario reunir un capital sumado de votos favorables que supere la cuantía del presupuesto ("se vota una vez, se cuenta dos veces"). Tercero, a falta de un organismo representativo en Internet, los mediadores se hacen cargo de la ejecución de las decisiones aprobadas. Cuarto y último punto: los fondos censales son solidarios y su administración por las entidades, subordinada a las resoluciones aprobadas.
Los diferentes protocolos utilizados para aprobar resoluciones reproducen las pautas de cualquier negociación. Dos portavoces interpretan el papel, real o simbólico, de quien presenta un proyecto (el titular), y de quien lo contrata (el portavoz). El objetivo del titular es obtener la financiación de su proyecto. Para ello, elige un portavoz entre los mediadores electos. El portavoz debe entonces preparar y defender el proyecto del titular hasta conseguir aprobar los fondos necesarios. La resolución presentada a votación es una orden de misión, que incluye líneas de gasto, un calendario, objetivos, etc. Una vez aprobada esta orden, el portavoz recibe un mandato con poderes para contratar al titular, supervisar la realización del proyecto aprobado, asegurar los pagos, y rendir cuentas mediante informes de misión.
La principal variante en el desarrollo de los procedimientos depende básicamente de la cuantía del presupuesto. Cuando el presupuesto es inferior a un determinado umbral (el umbral de procedimiento), es posible aprobar la resolución con el voto directo de los mediadores, ratificado por el Consejo de tutela. En cambio, por encima de este umbral, es obligatorio acudir al voto asociativo de todos los partícipes, donde además de la mayoría democrática, es necesario alcanzar un capital de votos favorables suficiente. Todos los procedimientos integran esta regla de forma más o menos explícita: el procedimiento de arbitraje para resolver litigios entre partes; el procedimiento de crítica para adquirir los de derechos de explotación de una obra traducible; el procedimiento de obra para contratar obras o servicios de interés colectivo.

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