- No se aplica comisión de funcionamiento en operaciones a crédito (es decir, por ingresar cantidades).
- No se duplica una comisión por el mismo concepto. Por ejemplo, la comisión de gestión sólo la percibe la Entidad que dispone del dinero en origen. Otras Entidades intermediaras no podrán aplicar de nuevo la comisión sobre las sumas entregadas en destino.
- La circulación de fondos censales entre Entidades está libre de comisión. Por ejemplo, la circulación de depósitos nominales entre dos o más Entidades tras la orden de transferencia de un miembro inscrito no soporta comisión de gestión.