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Art.46: Publicación de resultados
- Una vez aprobada la resolución, la AT le atribuye un número y conserva un ejemplar del contrato definitivo en los archivos de la AT. Cuando la resolución incluya un mandato, la AT publica los datos del mandatario en sus registrosn.
- Las proposiciones de resolución rechazadas se archivan sin número, sin perjuicio de lo dispuesto para las sentencias del Consejo.